Françoise Clementi

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Impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas

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Este impuesto grava las transmisiones patrimoniales onerosas (es decir, retribuidas) de toda clase de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza, que integren el patrimonio de las personas físicas o jurídicas y que estuvieran situados, pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse en territorio español o en territorio extranjero cuando, en este último supuesto, el obligado al pago del impuesto tenga su residencia en España.

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